FOB
(FREE ON BOARD) FRANCO A BORDO (puerto de
carga convenido)
"Franco
a bordo" significa que el vendedor realiza la entrega
cuando la mercancía sobrepasa la borda del
buque en el puerto de embarque convenido. Esto
quiere decir que el comprador debe soportar todos
los costes y riesgos de pérdida o daño
de la mercancía desde aquel punto.
El término FOB exige al vendedor despachar la mercancía en aduana
para la exportación. Este término puede ser utilizado solo para
el transporte por mar o vías navegables interiores. Si las partes no desean
que la entrega de la mercancía se efectúe en el momento que sobrepasa
la borda del buque, debe usarse el término FCA.
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