EXW
( EX WORKS) EN FÁBRICA (lugar convenido)
"En fábrica" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía
cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del comprador
o en otro lugar convenido (es decir, taller, fábrica, almacén,
etc) sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo
receptor.
Este término define, así, la menor obligación del vendedor,
debiendo el comprador asumir todos los costes y riesgos inherentes a la recepción
de la mercancía en los locales del vendedor.
Sin embargo, si las partes desean que el vendedor se responsabilice
de la carga
de la mercancía a la salida y que asuma los riesgos y todos los costes
de tal operación deben dejarlo claro añadiendo expresiones explícitas
en ese sentido en el contrato de compraventa. Este término no debería
usarse cuando el comprador no pueda llevar a cabo las formalidades de exportación,
ni directa ni indirectamente. En tales circunstancias, debería emplearse
el término FCA, siempre que el vendedor consienta pagar a su coste
y riesgo.
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