DAF
(DELIVERED AT FRONTIER) ENTREGADA EN FRONTERA
"Entregadas
en Frontera" significa que el vendedor realiza
la entrega cuando la mercancía es puesta
a disposición del comprador sobre los medios
de transporte utilizado y no descargados, en el
punto y lugar de al frontera convenidos, pero antes
de la aduana fronteriza del país colindante
, debiendo estar la mercancía despachada
de exportación pero no de importación.
El término "frontera" puede usarse para
cualquier frontera, incluida la del país
de exportación. Por lo tanto, es de vital
importancia que se defina exactamente la frontera
en cuestión, designando siempre el punto
y el lugar convenidos a continuación del
término DAF.
No obstante, si las partes desean que el vendedor
se responsabilice de la descarga
de la mercancía de los medios de transporte utilizados y asuma los riesgos
y costes de la descarga, deben dejarlo claro añadiendo expresiones explícitas
en ese sentido en el contrato de compraventa.
Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte
cuando la mercancía deba entregarse en una frontera terrestre. Cuando
la entrega deba tener lugar en un puerto de destino, a bordo de un buque o en
un muelle (desembarcadero) deben usarse los términos DES o DEQ
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